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SIGUE FALLANDO EL ESTADO AL NO CONTRATAR A PERSONAS CON ALGUNA DISCAPACIDAD PESE A LEY EXISTENTE



Chihuahua, Chih 12 de noviembre de 2024.- La diputada Herminia Gómez Carrasco integrante del Grupo Parlamentario de morena, sometió en el Congreso una iniciativa con carácter de decreto en materia de discapacidad e inclusión, ya que la actual es prácticamente ‘letra muerta’.

La legisladora expuso que en enero de 2018, se publicó en el Periódico Oficial del Estado la Ley para la Inclusión y Desarrollo de las Personas con Discapacidad en Chihuahua, la cual debe:

I.- Garantizar la inclusión y desarrollo de las personas con discapacidad para el ejercicio pleno de sus derechos humanos y libertades fundamentales.

II.- Establecer y facultar al Sistema para la Inclusión y Desarrollo de las Personas con Discapacidad.

III.- Asegurar el acceso a la justicia de las personas con discapacidad.

IV.- Establecer políticas públicas, programas, objetivos, estrategias, procedimientos y líneas de acción para el desarrollo integral de las personas con discapacidad.

V.- Coordinar el Sistema Estatal de Información en materia de discapacidad.

En señaló la diputada Gómez Carrasco, dicha Ley debe de reducir la brecha de desigualdad con los grupos vulnerables con discapacidad que tienen más probabilidades de estar desempleadas y generalmente cuando tienen empleo ganan menos, en consecuencia las personas con discapacidad presentan tasas más altas de pobreza que las personas sin discapacidad.

También recordó que para garantizar los derechos laborales de este grupo vulnerable, se estableció en el artículo 13 fracción 15 de la citada Ley

El Poder Ejecutivo del Estado y los ayuntamientos, en su respectivo ámbito de competencias, deberán de Procurar la contratación de cinco personas con discapacidad, por cada 100 servidores públicos existentes, que reúnan el perfil requerido para trabajar o para desempeñarse.

Sin embargo, con el paso de los años reveló la congresista de morena, dicha disposición se corroboró que era letra “muerta” al ser inaplicado el citado artículo 13 fracción XIV de la Ley de Inclusión y Desarrollo de las personas con Discapacidad en el Estado de Chihuahua. Por ello la iniciativa que presento busca reformar el artículo parte del Código Administrativo del Estado de Chihuahua.

Se reforma el artículo 13 fracción XIV de la Ley de Inclusión y Desarrollo de las personas con Discapacidad para quedar redactado de la siguiente manera:

El Poder Ejecutivo del Estado y los ayuntamientos, obligadamente contrataran cinco personas con discapacidad, por cada 100 servidores públicos existentes, realizando los ajustes necesarios de conformidad con el perfil de la discapacidad de que se trate, debiendo informar semestralmente su plantilla laboral de personas con discapacidad a la Secretaría Desarrollo Humano y Bien Común del gobierno del estado. El incumplimiento de esta obligación podrá ser denunciado por cualquier persona y será motivo de sanciones que pueden incluir la destitución del funcionario responsable del área laboral de que se trate, con independencia de las acciones penales que procedan. Así mismo, deberá informar semestralmente su plantilla laboral de personas con discapacidad a la Secretaría Desarrollo Humano y Bien Común del gobierno del estado, que estará obligada llevar un padrón estatal actualizado por dependencia de las personas con discapacidad que se tiene contratadas y funciones que desempeñan. Este padrón de contratación de personas con discapacidad será público.

ARTÍCULO 845. Quienes ejerzan la patria potestad, guarda y custodia, así como la tutela de niñas, niños y adolescentes con discapacidad, trastorno del espectro autista, con dificultades de aprendizaje, conducta o comunicación y/o aptitudes sobresalientes; Se encuentran obligados a garantizar su asistencia a instituciones de educación preescolar, primaria, secundaria y media superior hasta terminar dichos estudios. El Estado deberá realizar los ajustes necesarios en los planteles educativos a fin de eliminar las barreras de aprendizaje que impidan el acceso a la educación. Deberá proveer el establecimiento de centros educativos que brinden servicios, a fin de garantizar el goce y ejercicio, en igualdad de condiciones, del derecho humano a la educación.

Concluyó la diputada Herminia, que es fundamental que el Estado no solo cumpla con su obligación de contratar personas con discapacidad, sino que también capacite a sus funcionarios y servidores públicos para garantizar un entorno accesible, inclusivo y respetuoso para todos los ciudadanos.

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